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Absolución con imposición de Reparación Civil

  • Foto del escritor: CF Abogados
    CF Abogados
  • hace 3 días
  • 1 Min. de lectura

La Casación N° 3109-2024/Cajamarca, respecto a la determinación de la responsabilidad civil, pese a la absolución de la Acusación Fiscal, ha precisado:

  • "La absolución sobre el objeto penal no necesariamente determina similar absolución sobre el objeto civil, desde que el artículo 12, apartado 2, del CPP, se afilia a la concepción de autonomía de ambos objetos procesales, de suerte que, cuando proceda, puede imponerse estimarse el objeto civil. Se declarará la responsabilidad civil cuando se acredite los siguientes elementos: antijuridicidad del comportamiento del sujeto activo al contravenir el ordenamiento; daño causado, en cuanto lesión de un derecho subjetivo o interés jurídicamente protegido del individuo en su vida de relación; relación de causalidad adecuada, que no haya concausa y fractura causal; y factores de atribución, que es la culpa (dolo o negligencia) –cuyo descargo corresponde el autor, artículo 1969 del Código Civil– y el riesgo creado".


Descargue el texto completo, desde aquí:



 
 
 

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